La Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones el Trabajo confirmó el fallo del Juzgado Nº13 que ordenó la reinstalación en el puesto de trabajo de tres maquinistas que fueron despedidos a principios de 2008 de la Empresa Trenes de Buenos Aires y afiliados al Sindicato La Fraternidad.
En el fallo anuló los despidos y se determinó que las razones del distracto laboral fueron las de discriminación gremial toda vez que los despedidos desarrollaban actividades gremiales informales y no comulgaban con las prácticas habituales de la conducción del referido sindicato y que las acciones sindicales no están circunscriptas a las directivas de las burocracias sindicales.
Nueve meses después del despido el Inadi emitió un dictamen en el que establecía que hubo trato discriminatorio para con Carlos Portugal; Julio Rivadeneira y Claudio Zuth.
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